Los derechos de la naturaleza: un paso adelante, tres atrás
DOI:
https://doi.org/10.18593/ejjl.23954Palavras-chave:
Derechos de la naturaleza, Sujeto de derecho, Deforma constitucional, BiorepublicanismoResumo
El reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho que hacen las constituciones de Ecuador 2008 y Bolivia 2009, representa un quiebre civilizatorio que hecha dárdos al corazón mismo del casi extinto Estado liberal moderno. Pese a ser resultado de un proceso social con una data de más de 15 años y no de algún movimiento ilustrado, la Constitución de Montecristi aporta a la teoría constitucional proponiendo nuevos vínculos entre moral y derecho y entre política y derecho, pero también creando nuevas instituciones que hacen posible la convivencia entre vivientes. En tal sentido, el reconocimiento constitucional es a la vez un diálogo y una ruptura con los marcos filosóficos y teóricos sobre los que se ha asentado la relación Estado-sociedad-naturaleza. Desde la segunda mitad del Siglo XX, se han dado dos grandes olas de reforma constitucional referidas a la Naturaleza. La primera que mata a la ´naturaleza` y entrona al ´medio ambiente`, con el objeto de hacer posible la gestión de los recursos naturales. La seguna que revive de las cenizas a la ´naturaleza` y le otorga personalidad jurídica, para hacer posible el mundo de la vida. El reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos se asienta en un proyecto societal que propugna un “biorepublicanismo”, que rescata las visiones integrales, holísticas y comunitaristas, como ejes de la transformación de la sociedad. Como aspiración histórica, dicho reconocimiento tiene la virtud de reformular los parámetros morales y jurídicos sobre los que se asienta la relación Estado, sociedad y naturaleza.
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Referências
Antolín Iria, J. E. (2019, diciembre 24). El ecologismo en la época de la postpolítica. Del ecologismo militante al emocional: Límites estructurales del discurso ecologista. Ecología Política.
Asamblea Nacional Constituyente. (1998). Constitución del Ecuador.
Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador.
Brañes, R. (2001). Informe sobre el desarrollo del derecho ambiental latinoamericano. Su aplicación después de diez años de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y el Desarrollo. PNUMA. http://centro.paot.org.mx/documentos/pnud/informe_derecho_ambiental.pdf
Ecuador (1979). Constitución del Ecuador. Plan de Reestructuración Jurídica del Estado.
Escobar, A. (1995). El desarrollo sostenible: Diálogo de discursos. Ecología Política. Cuadernos de Debate Internacional, (9).
Ferrajoli, L. (2004). Derechos y garantías. La Ley del más débil. Editorial Trotta.
Gallopín, G. (2003). Sostenibilidad y desarrollo sostenible: Un enfoque sistémico [Serie Medio Ambiente y Desarrollo. Proyecto “Evaluación de la Sostenibilidad en América Latina y el Caribe”]. CEPAL/Gobierno de los Países Bajos.
Gudynas, E. (2003). Ecología, Economía y Etica del Desarrollo Sostenible. Ediciones Abya Yala/ILDIS-FES.
Larrea Maldonado, A. M. (2011, abril-junio). El Buen Vivir como contrahegemonía en la Constitución ecuatoriana. Utopía y Práxis Latinoamericana, 16(53), 59-70.
Lenin, V. I. (1904). Un paso adelante, dos pasos atrás. Fondo Documental EHK. http://archivo.juventudes.org/textos/Vladimir%20Ilich%20Lenin/un-paso-adelante-dos-atras-lenin.pdf
Puentes Riaño, A. (2005). Elementos de discusión acerca de la exigibilidad y justiciabilidad del ambiente como derecho humano. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2469/26.pdf
Ramírez Gallegos, R. (2010). Socialismo del sumak kawsay: O Biosocialismo republicano [Documento de Trabajo No. 2]. Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.
Sotelsk, D., & Ahamdanech, I. (2001). Reflexiones sobre el crecimiento, el medio ambiente y la pobreza. Universidad de Alcalá. https://eco.mdp.edu.ar/cendocu/repositorio/00920.pdf
Tapia, D. C., & De Cabo Martín, C. (2016, enero). “Aportes del constitucionalismo crítico”. Estado & comunes. Revista de políticas y problemas públicos, (2), 179-189.
Zaffaroni, E. R. (2019). La Pachamama y el humano. Ediciones Madres de Plaza de Mayo y Ediciones Colihue.
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